Juntos somos más
La voluntad del votante con discapacidad intelectual

Con la información de que disponemos, publicada en varios medios de comunicación, resulta inexplicable, incomprensible y arbitraria, por no referir aquí otros términos de calificación legal, que la Junta Electoral Central, JEC, vaya a permitir a interventores y apoderados de los partidos apuntar, en el momento del voto, el DNI de personas con discapacidad que entiendan que no están ejerciendo su derecho al sufragio de forma consciente, libre y voluntaria.

Así que Plena ha puesto el grito en el cielo ante semejante arbitrariedad “que permite sospechar a interventores y apoderados sobre la manipulación de la voluntad de las personas con discapacidad en la decisión de votar, pero no del resto de los votantes”.

Plena inclusión ha exigido a la Junta Electoral Central que explicite los motivos que le han llevado a lanzar esta directriz, “ya que supone un retroceso respecto al gran logro conseguido, en octubre de 2018, con la reforma de la Ley Electoral”, asegura Enrique Galván, director de Plena inclusión España. Gracias a dicha reforma, 100.000 personas con discapacidad podrán votar por primera vez en los comicios del próximo 28 de abril.

Traídos los datos a nuestra Comunidad, la reforma de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) de diciembre de 2018 permite que recuperen el voto casi 10.000 personas en la comunidad de Castilla León.

Porque el asunto se las trae y hay que resolverlo sin interferencias y sin miedos, pero la directriz de la Junta Electoral Central da para unas cuantas parodias…


Texto adaptado

La Junta Electoral Central ha dictado una norma
para que interventores y apoderados de los partidos
puedan apuntar en el momento del voto, el DNI de personas con discapacidad
que crean que no están ejerciendo su derecho al sufragio de forma consciente,
libre y voluntaria.
La noticia la han publicado varios medios de comunicación,
y Plena inclusión ha exigido a la Junta Electoral Central
que explique por qué ha dictado esta norma arbitraria.
Plena considera que es un retroceso que se extiendan estas sospechas
sobre los votantes con discapacidad intelectual,
pero no sobre el resto de votantes.


La Junta Electoral Central (JEC) es el órgano superior
de la Administración Electoral en España, que tiene como función garantizar
la transparencia del proceso electoral
y supervisar la actuación de la Oficina del Censo Electoral.