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NACIONAL | |
Reforma de los incentivos fiscales al mecenazgo: donaciones de las personas físicas y jurídicas | |
El 1 de enero de 2015 entró en vigor la reforma fiscal a la que dio luz verde el Pleno del Congreso el 20 de noviembre de 2014. La reforma afecta a tres proyectos de ley que refieren al IRPF, al Impuesto de Sociedades y al IVA. En lo que a los donantes (particulares y empresas) del grupo de entidades de Aspanias concierne (su asociación y dos fundaciones), la reforma fiscal introduce modificaciones en la Ley 49/2002, de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo. Para 2015 contempla una aplicación progresiva de los incrementos que será plena a partir del 2016. La Asociación Española de Fundaciones, AEF, de la que es miembro la Fundación Aspanias Burgos, ha valorado positivamente que se haya reconocido la figura del micro mecenazgo -figura planteada por el sector fundacional-, y que se haya introducido para 2016 una deducción del 75 % para los primeros 150 euros que donen las personas físicas. A partir de ese importe, las donaciones de particulares serán deducibles al 30 % o al 35 % si son donaciones periódicas realizadas durante al menos tres años a la misma entidad por un importe igual o superior. Transitoriamente para 2015, las deducciones señaladas más arriba serán del 50 %, 27,5 % y 32,5 %, respectivamente. En el caso de las sociedades, la deducción actual es del 35% y pasará en 2016 al 40% para las donaciones que se realicen a una misma entidad por el mismo o superior importe durante al menos tres años. Este porcentaje será del 35%, y para las donaciones plurianuales del 37,5%. La AEF cree necesaria una reforma más amplia de la Ley de Mecenazgo, para adecuar el sistema español a otros modelos como el francés, si bien considera que las modificaciones introducidas reconocen el papel de los ciudadanos en la financiación de estas entidades. Desde el Área Económico y Financiera del Grupo Aspanias, se quiere recordar a los donantes actuales y futuros que para que informar a la Agencia Tributaria del importe de las cuotas y donativos que hagan es imprescindible facilitar el NIF cuando se realicen los trámites. Tabla de variación de las deducciones que introduce la reforma fiscal para las personas físicas y jurídicas, para los ejercicios 2014, 2015 y 2016. |
PERSONAS JURÍDICAS (IS) | Ejercicio 2014 | Ejercicio 2015 | Ejercicio 2016 y posteriores |
Donaciones en general | 35% | 35% | 35% |
Donaciones plurianuales (a la misma entidad durante almenos 3 años) | - | 37,50% | 40% |
Límite deducción base liquidable | 10% | 10% | 10% |
PERSONAS FÍSICAS (IRPF) | Ejercicio 2014 | Ejercicio 2015 | Ejercicio 2016 y posteriores |
Primeros 150€ | 25% | 50% | 75% |
Resto | 25% | 27,50% | 30% |
Donaciones plurianuales (a la misma entidad durante almenos 3 años) > 150€ | - | 32,50% | 35% |
Límite deducción base liquidable | 10% | 10% | 10% |
FUENTE: AEF/ Área Económica y Financiera del Grupo Aspanias Burgos. |